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  Nuevas tasas judiciales.. 04/04/2003
   
 

Las entidades financieras, compañías aseguradoras y empresas que quieran acceder a la justicia deberán pagar las nuevas tasas judiciales, establecidas por enmienda a la Ley de acompañamiento de los PGE. Quedan exentas de estas tasas las personas físicas, las entidades sin fines lucrativos, las entidades exentas del Impuesto sobre Sociedades y las empresas de reducida dimensión. La cuantía de las tasas dependerá del proceso que se inicie, oscilando entre los 90 euros de un proceso monitorio y los 600 del recurso de casación ante el Supremo. La tasa también tiene un componente variable en función de la cuantía del litigio, sin que en ningún caso pueda superar los 6.000 euros.